§ Cumplimiento fiscal preventivo.
Cumplimiento fiscal preventivo en Jalisco: un plan para que la contingencia no llegue.
Revisamos de forma ordenada los puntos que más contingencias generan ante el SAT, documentamos tu cumplimiento y te acompañamos si la autoridad te requiere, te invita a regularizar o inicia una revisión.
Qué incluye
- Plan de cumplimiento fiscal a la medida de tu empresa.
- Revisión de RFC, e.firma, buzón tributario y opinión de cumplimiento.
- Análisis de riesgos de clientes y proveedores.
- Atención de requerimientos, regularización y acuerdos conclusivos.
§ Qué hacemos.
Un plan de cumplimiento, no una revisión aislada.
Nuestra metodología se apoya en las buenas prácticas del Manual de Cumplimiento Tributario 2026 publicado por la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON), que propone prevenir contingencias revisando de manera sistemática los elementos que suelen detonar actos de la autoridad: determinación de contribuciones, multas, restricción del certificado de sello digital (CSD), inmovilización de cuentas, saldos a favor no devueltos, entre otros.
Convertimos esas buenas prácticas en un plan de trabajo para tu empresa o tu actividad, con responsables, evidencia y fechas.
1. Identidad y contacto con el SAT
RFC, régimen y obligaciones correctamente registradas; domicilio fiscal; e.firma y constancia de situación fiscal vigentes; buzón tributario habilitado, con medios de contacto actualizados para no perder plazos.
2. Operación diaria
Emisión, cancelación y complementos de CFDI; contabilidad electrónica y declaraciones; conciliación entre CFDI, contabilidad y pagos; retenciones y obligaciones como retenedor.
3. Riesgos de terceros
Opinión de cumplimiento, y revisión de clientes y proveedores frente a los listados del SAT (arts. 69 y 69-B del CFF), con soporte de materialidad y razón de negocios de tus operaciones.
4. Evidencia y reacción
Repositorio de evidencias, plan de respuesta ante facultades de comprobación, garantía del interés fiscal cuando sea necesaria, y programas de regularización o mecanismos alternativos de solución cuando convenga.
§ Alcance
Lo que puedes contratar.
- Diagnóstico de cumplimiento fiscal y plan de acción priorizado.
- Revisión de documentación fiscal y contable, con el criterio que usaría la autoridad.
- Seguimiento mensual o trimestral (iguala preventiva) de obligaciones, buzón tributario y opinión de cumplimiento.
- Capacitación a tu equipo administrativo sobre CFDI, buzón tributario y atención de requerimientos.
- Atención de requerimientos, cartas invitación y facultades de comprobación.
- Solicitud de acuerdos conclusivos o queja ante PRODECON cuando proceda.
§ ¿Cuándo lo necesitas?
Señales de que conviene un plan preventivo.
Recibiste una carta invitación o un requerimiento
Responder a tiempo y con soporte suele evitar que una diferencia se convierta en una auditoría o en una resolución.
Tu opinión de cumplimiento salió negativa o dejaste de revisar el buzón
Un buzón sin atender o una opinión negativa afectan contratos, trámites y devoluciones.
Tus CFDI, tu contabilidad y tus declaraciones no coinciden
Las diferencias entre estas fuentes son de las primeras señales que revisa la autoridad.
Tienes operaciones con terceros que no puedes sustentar
Si un proveedor aparece en un listado del SAT, conviene tener ya la evidencia de que la operación fue real.
§ Lo que dice la ley.
Documentar es la mejor defensa.
Los actos y resoluciones de la autoridad fiscal se presumen legales (art. 68 del CFF), por lo que es el contribuyente quien debe contar con las pruebas para desvirtuar lo que la autoridad sostenga. Además, el CFF obliga a conservar la contabilidad y su soporte durante cinco años (art. 30).
Si ya hay una revisión de gabinete, visita domiciliaria o revisión electrónica en curso, el acuerdo conclusivo ante PRODECON puede solicitarse dentro de los veinte días siguientes a que se levante el acta final o se notifique el oficio de observaciones o la resolución provisional. La primera vez, la regularización por esta vía puede dar derecho a la reducción total de las multas. Esta información es general: cada caso requiere análisis particular.
§ Proceso
Así trabajamos tu caso, de principio a fin.
1
Diagnóstico inicial
Escuchamos tu situación y definimos el alcance con base en tu régimen, tamaño y operaciones.
2
Plan de cumplimiento
Revisamos los puntos de control y te entregamos hallazgos priorizados con responsables y fechas.
3
Implementación y evidencia
Corregimos, regularizamos si procede y armamos tu repositorio de evidencias.
4
Seguimiento
Monitoreo periódico y atención de requerimientos o actos de fiscalización hasta su cierre.
§ Preguntas frecuentes
Antes de escribirnos, esto puede ayudarte.
¿Qué es una carta invitación del SAT?
Es una comunicación en la que la autoridad señala inconsistencias detectadas y te invita a aclararlas o corregirlas. Suele ser previa a una auditoría, pero conviene responderla con asesoría y con evidencia que la respalde.
¿Qué es el cumplimiento fiscal preventivo?
Es un conjunto de revisiones y controles periódicos que reducen la posibilidad de multas, créditos fiscales o restricciones, y que te dejan con pruebas listas si la autoridad actúa.
¿Cada cuánto conviene revisarlo?
Depende del tamaño y la complejidad de tu operación. Como regla práctica, al menos una vez al año y siempre antes de cambios importantes; muchas empresas prefieren un seguimiento mensual o trimestral.
¿Pueden atender una auditoría del SAT que ya está en curso?
Sí. Atendemos requerimientos, visitas domiciliarias, revisiones de gabinete y demás facultades de comprobación, coordinando abogados y contadores.
¿Esto sustituye a mi contador?
No. Trabajamos con tu contador o con nuestro equipo contable para que la estrategia legal y los números vayan en la misma dirección. Si ya recibiste una resolución, consulta nuestra defensa fiscal ante el SAT y el TFJA.
§ Otros servicios
Otros servicios que pueden interesarte.
- Defensa fiscal ante el SAT y el TFJA: recurso de revocación y juicio de nulidad.
- Contabilidad fiscal: impuestos, contabilidad y facturación.
- Derecho corporativo y contratos: sociedades, actas, poderes y contratos.
- Prevención de lavado de dinero: PLD, KYC y avisos ante el SAT.
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§ Contacto
Cuéntanos tu caso, te respondemos en menos de 24 horas.
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